El Gobierno reglamentó la reforma laboral: blanqueo de impuestos, nuevas modalidades de cese y más cambios
La normativa también introduce alternativas a la indemnización tradicional, permitiendo que trabajadores y empleadores acuerden modalidades de cese laboral. Además, se amplía el período de prueba y se simplifica la registración de contratos laborales ante la AFIP.
El gobierno anunció la reglamentación de la reforma laboral a través del decreto 847/2024. Entre las principales medidas se encuentran un blanqueo de impuestos al trabajo, mayores facilidades para la contratación de empleados independientes y la posibilidad de acordar alternativas para el cese laboral que satisfagan tanto a trabajadores como a empresas. Según el Ejecutivo, estos cambios tienen como objetivo fomentar el empleo registrado en el sector privado.
El blanqueo de impuestos al trabajo se presenta como una solución para reducir la informalidad laboral. La medida incluye una condonación de al menos el 70% de la deuda en aportes y contribuciones patronales, que llega al 90% en el caso de micro y pequeñas empresas, y al 80% para medianas empresas y organizaciones sin fines de lucro. Además, se eliminará el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) y se reconocerán hasta 60 meses de servicio para el cálculo jubilatorio.
En cuanto al cese laboral, se introduce un nuevo sistema basado en la libertad de las partes, permitiendo que trabajadores y empresarios acuerden un sistema de cese alternativo a la indemnización tradicional. Este nuevo esquema se podrá implementar a través de tres formatos: Sistema de Cancelación Individual, Sistema de Fondo de Cese, y Sistema de Seguro, cada uno con distintas modalidades de pago y aporte.
El Sistema de Cancelación Individual permite pagos directos del empleador, sin necesidad de crear un fondo, mientras que el Sistema de Fondo de Cese prevé aportes mensuales acumulados en una cuenta individual o colectiva. El Sistema de Seguro, por su parte, permite conformar un seguro de cese laboral con aseguradoras habilitadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Para los trabajadores independientes, la reforma establece que deberán operar bajo el régimen de monotributo, con la obligación de prestar una declaración jurada ante la AFIP. Además, no podrán tener más de tres trabajos simultáneos. La reglamentación también simplifica el proceso de registración laboral, estableciendo que el contrato de trabajo se considerará registrado una vez que el trabajador esté inscrito en los sistemas de la AFIP.
Otro punto importante de la reglamentación es la inversión de la presunción de contrato de trabajo en la contratación de obras o servicios. Si se emiten recibos o facturas correspondientes, no se presume la existencia de un contrato laboral. Además, la Ley Bases permite a las empresas principales retener parte de los pagos de contratistas que tengan deudas con la Seguridad Social.
Finalmente, el período de prueba para los empleados se amplía de tres a seis meses, con la posibilidad de extenderlo hasta un año si así se acuerda en un convenio colectivo.